Nulos apartes normativos que limitaban facultad de la ANT para adquirir predios con invasiones u ocupaciones de hecho
La Ley 160 de 1994 otorga competencia a la entidad para autorizar, en casos especiales, el inicio de dichos procedimientos.
La Ley 160 de 1994 otorga competencia a la entidad para autorizar, en casos especiales, el inicio de dichos procedimientos.
Se declaró la carencia de objeto respecto a la solicitud de suspensión provisional de los efectos del acto demandado.
Así mismo, se convoca a las organizaciones jurídicamente reconocidas de los sectores indígenas y de las personas en condición de discapacidad.
Algunas lesiones no pueden considerarse como ajenas a los riesgos que asumen voluntariamente quienes se vinculan a la Policía Nacional.
Consejo de Estado recordó el deber del Estado de garantizar la libre y leal competencia dentro del mercado de servicios de salud.
La Ley 344 de 1996 consagró una excepción en la edad de retiro forzoso respecto a la generalidad de los servidores públicos.
El Consejo de Estado reiteró la responsabilidad Estado por privación injusta de la libertad cuando precluye la investigación por atipicidad de la conducta.
Consejo de Estado precisó el debido proceso en un recurso presentado ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios que no ha sido resuelto.
Se planea vincular en plantas temporales a quienes trabajan por prestación de servicios con criterio meritocrático y vocación de permanencia.
El daño derivado de un acto terrorista es causado por el hecho de un tercero, por lo que en principio no es imputable al Estado. Sin embargo, el Estado debe responder si se demuestra su omisión frente a hechos que eran previsibles y resistibles.
La liquidación de las vacaciones se realiza teniendo en cuenta el salario devengado al momento de iniciar el disfrute.
La Ley de Seguridad Ciudadana modificó el Código Nacional de Tránsito y estableció una alternativa para vincular agentes de tránsito.
Consejo de Estado precisa si se configuró responsabilidad del Estado por indebida identificación del sujeto activo de la conducta punible.