Declaran responsable al Ejército Nacional por daños causados por grupo subversivo
22 de Noviembre de 2022
La Sección Tercera del Consejo de Estado declaró la responsabilidad estatal, en cabeza del Ejército Nacional, por actos terroristas y revocó una sentencia de primera instancia que había negado las pretensiones de la demanda.
Dentro del proceso se demostró que el Ejército omitió adoptar medidas de protección para evitar la causación del daño, aunque era previsible, pues pese al conocimiento directo que tenía de las amenazas que recaían sobre los bienes y la mercancía de los demandantes, omitió realizar operativos o adoptar medidas de seguridad y protección que hubieran podido evitar lo ocurrido y no les brindó apoyo alguno para la búsqueda de sus bienes y el rescate de la tripulación del remolcador que fue abordado en el río Magdalena de manera violenta por un grupo subversivo que los secuestró y hurtó la carga. El remolcador transportaba 10.000 galones de gasolina, 130 galones de gas y víveres, entre otros elementos.
Por último, se precisó que el daño derivado de un acto terrorista es causado por el hecho de un tercero, por lo que en principio no es imputable al Estado. Sin embargo, debe responder si se demuestra que el hecho no resultaba imprevisible ni irresistible y que las autoridades públicas, ejerciendo sus potestades constitucionales y legales, o adoptando las medidas a su alcance, podían evitarlo (C. P.: Martín Bermúdez Muñoz).
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