La carrera administrativa no constituye impedimento para la supresión de empleos (8:00 a.m.)
31 de Diciembre de 2012
Reproducir
Nota:
85885
Al configurarse falsa motivación, el Consejo de Estado decretó la nulidad del acto de supresión del cargo de un empleado de carrera. En el proceso, se comprobó que personal temporal desempeñaba el mismo empleo, bajo la modalidad de contrato de prestación de servicios, para la fecha en la que se suprimió el cargo. La corporación advirtió que si bien el nominador tiene la potestad de seleccionar quiénes ocupan las vacantes, no puede olvidarse que estas deben ser suplidas por empleados con mejor derecho, como el que ostentan los funcionarios de carrera, so pena de vulnerar su derecho de preferencia. Así mismo, la Sección Segunda recordó que ni la carrera administrativa ni ningún otro régimen de administración de personal que brinde garantías a quienes se hallen inscritos o escalafonados constituye impedimento para que el Gobierno Nacional, departamental, municipal o distrital lleve a cabo, dentro de los parámetros constitucionales y legales, la supresión de empleos en las entidades que sean de su competencia (C. P. Bertha Lucia Ramírez de Páez).
Opina, Comenta