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Noticias / Administrativo


Reorganizan la atención de población vulnerable en la Registraduría Nacional

08 de Febrero de 2022

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Nota:
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La Registraduría Nacional reorganizó la atención de población vulnerable mediante la desconcentración de funciones. También suprimió el grupo interno de trabajo “Unidad de Atención a Población Vulnerable (UDAPV)”.

 

Lo dispuesto aplicará durante las atenciones a la población desplazada, en riesgo de desplazamiento, comunidades indígenas, afrodescendientes, Rrom, mujeres, niños, adolescentes, adultos mayores y en general población en condición de vulnerabilidad; así como para personas que, por la ubicación geográfica o arraigo, condición de discapacidad o imposibilidad material de asistir ante una oficina registral, puedan acceder a estos servicios.

 

Por lo tanto, se asignan a los registradores distritales y los delegados departamentales funciones relacionadas con la atención a dicha población, así:

 

a) Coordinar con las alcaldías, gobernaciones, entidades del orden nacional y terri­torial y autoridades de las comunidades étnicas la viabilidad del desarrollo de las jornadas de registro civil e identificación, a fin de establecer la población que debe ser atendida.

 

b) Pactar compromisos que garanticen el normal funcionamiento de la jornada, así como el cronograma de atención especificando lugar, población a atender y tras­lados,

los cuales deben ser informados periódicamente a la registraduría dele­gada para el registro civil y la identificación.

 

c) Realizar, planear, programar, coordinar, supervisar y hacer el seguimiento a las actividades propias para el desarrollo de las jornadas de inscripción en el registro civil y expedición de tarjetas de identidad y cédulas de ciudadanía a la población vulnerable, en el territorio de su jurisdicción.

 

d) Verificar el cumplimiento de las actividades de preparación, validación de la in­formación, producción, expedición y envío de los trámites realizados en desarro­llo de las  jornadas de atención a población vulnerable, garantizando la entrega efectiva del documento a sus titulares dentro de un término razonable.

 

e) Rendir los informes de carácter administrativo, financiero y técnico de las acti­vidades que se desarrollen con ocasión de las jornadas de registro civil e iden­tificación al Registrador Delegado para el Registro Civil y la Identificación o la autoridad competente que los solicite.

 

f) Garantizar el cumplimiento de las órdenes judiciales y administrativas respecto a la realización de jornadas de registro civil e identificación a población vulnera­ble, en el territorio de su jurisdicción.

 

g) Remitir a la registraduría delegada para el registro civil y la identificación la información técnica, estadística y financiera, respecto de las jornadas ade­lantadas por las unidades móviles para la atención a población en condición de vulnerabilidad.

 

h) Seguir las directrices que imparta el registrador delegado para el registro civil y la identificación en materia de jornadas de atención a población vulnerable.

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