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Noticias / Administrativo


Funcionarios diplomáticos y consulares podrán expedir autorización de voto en elecciones de Congreso de la República

01 de Marzo de 2022

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Nota:
140018

La Registraduría Nacional del Estado Civil, por medio de la Resolución 4753, del 21 de febrero, adoptó medidas para que los funcionarios diplomáticos y consulares expidan la autorización del voto (formulario E-12) en las elecciones de Congreso de la República y consultas populares, internas o interpartidistas de los partidos, movimientos políticos y/o grupos significativos de ciudadanos, para la adopción de sus decisiones o la escogencia de candidatos a la Presidencia de la República para el año 2022, que se celebrarán del 7 al 13 de marzo del 2022, en los siguientes casos:

(i) Cuando se configure alguna de las causales establecidas en el artículo 117 del Decreto 2241 de 1986 (Código Electoral).

(ii) A los funcionarios diplomáticos y consulares que, con ocasión y en razón de sus funciones, hayan sido comisionados o trasladados o a quienes se les presente alguna situación administrativa que ocasione la movilización de su lugar habitual de trabajo, siempre y cuando esté relacionada directamente con el proceso electoral y la cédula esté incorporada en el respectivo censo electoral.

(iii) Al ciudadano cuya cédula se haya ordenado a la Registraduría Nacional del Estado Civil incorporar al Censo Electoral por autoridad judicial.

(iv) A los ciudadanos designados como jurados de votación remanentes, siempre que hubiesen asistido a prestar su servicio en un lugar alejado de donde esté inscrita su cédula de ciudadanía para ejercer el derecho al voto y no hayan sido asignados a ninguna mesa de votación, siendo imposible materialmente acercarse.

De otra parte, mediante Resolución 4754, del 21 de febrero, se fijó el número de ciudadanos que pueden sufragar en cada mesa de votación que se instalará en el exterior y las de los consulados de Colombia ubicadas en los puestos de frontera con Venezuela para las elecciones de Congreso de la República y consultas populares, internas o interpartidistas de los partidos, movimientos políticos y/o grupos significativos de ciudadanos, para la adopción de sus decisiones o la escogencia de sus candidatos a la Presidencia de la República.

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