¿Cuáles son los límites del recurso de apelación?
15 de Junio de 2022
La Sección Primera del Consejo de Estado advirtió que cuando se presentan en el recurso de apelación nuevos hechos, cargos y pretensiones que no se invocaron en la demanda ni en la contestación y no fueron valorados en la sentencia de primera instancia el fallador de segunda instancia no puede adelantar el estudio de estos nuevos reproches, pues es su deber proteger los derechos, garantías y principios procesales.
Por lo anterior, en virtud de los principios de lealtad procesal, contradicción y de defensa y la congruencia que debe existir entre el recurso, la sentencia censurada, el concepto de violación de la demanda y los argumentos expuestos en la contestación de la misma imponen que al apelante le esté restringido exponer en el recurso de apelación hechos, cargos y presentar pretensiones nuevas que no alegó ni en la demanda ni en la contestación (M. P. Hernando Sánchez Sánchez).
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