23 de Noviembre de 2024 /
Actualizado hace 10 horas | ISSN: 2805-6396

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El lenguaje claro es un elemento del debido proceso: Corte

26 de Agosto de 2024

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Un comerciante informal tiene un caseta desde hace más de 24 años cerca de la capital del Tolima, pero la concesionaria de la vía Ibagué-Espinal reclamó porque el negocio está en el espacio público, afectando su deber de proteger la vía que mantiene.

Por esa razón instauró una querella y una inspección de policía realizó audiencia y determinó como infractor del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana al vendedor, posteriormente se ordenó la demolición de la caseta, pero el ciudadano pidió que se ordenara a la Alcaldía de Ibagué implementar un plan para asegurar su derecho fundamental al mínimo vital y el de las personas que trabajan y dependen del negocio.

Esta sentencia de tutela dejó sin efectos el proceso policivo, protegiendo los derechos al debido proceso, confianza legítima, trabajo y mínimo vital del comerciante, pero llamó especialmente la atención la orden de que si se rehace debe tener una motivación clara y suficiente, teniendo en cuenta que si se usa lenguaje jurídico debe explicarse al ciudadano y no utilizar fórmulas rituales para justificar la decisión.

Lenguaje claro como elemento del debido proceso

El uso del lenguaje claro en los procesos administrativos es un elemento del debido proceso, es la afirmación que se destaca de esta sentencia de tutela, especialmente porque la mayoría de las decisiones se dirigen a un público general, lo que obliga a que cualquiera pueda entenderlas.

Para la Corte Constitucional, precisamente la falta de claridad puede ser lo suficientemente grave como para que se afecte el derecho al debido proceso y se incumpla la carga de motivación.

Y es que sobre la claridad pidió a las autoridades reflexionar sobre elementos de la comunicación relevantes:

  1. La falta de coherencia argumentativa.
  2. El exceso de lenguaje técnico o la falta de explicación a lenguaje común de esos conceptos especializados.
  3. El uso excesivo y sin explicación de latinismos.
  4. El uso de fórmulas rituales sin su explicación.
  5. El uso de términos excesivamente técnicos para referirse a los actores de los procesos.

Otro elemento que se pide es verificar si el receptor del mensaje fue considerado a la hora de elaborar el mensaje, como en el caso particular, pues la claridad no es un asunto objetivo sino subjetivo, ya que el comerciante debía comprender el alcance de las determinaciones.

Todo lo anterior es especialmente importante porque en los procedimientos administrativos la mayoría de los trámites no requieren la representación de un abogado, por lo que cualquier mensaje debe estar escrito de manera comprensible para la ciudadanía en general. Y más allá de esta decisión de tutela, se pide tener en cuenta si el receptor del mensaje son niños, niñas o adolescentes, quienes pueden requerir que las autoridades se dirijan en un lenguaje propio para su edad, o también si es una persona con algún tipo de discapacidad que sea relevante para la comprensión del mensaje. (Lea: Uso de lenguaje claro en entidades públicas ya tiene ponencia para segundo debate)

¿Qué es el lenguaje claro?

En sus consideraciones, la Corte dice que el lenguaje claro abandona su interés completo por una fidelidad estricta a la ley y se preocupa por lograr que el mensaje se comprenda. Este tipo de lenguaje también propone que los textos y las expresiones orales estén construidas de tal manera que no solo se entiendan, sino que le permitan al receptor de los mensajes hacer una idea propia sobre lo que se comunica y plantearse un curso de acción ante esa información. (Lea: Imparten directrices para fomentar el lenguaje claro desde las entidades públicas hacia la ciudadanía)

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