11 de Enero de 2025 /
Actualizado hace 9 hours | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Columnista Impreso

Columnistas

¿Sí queda garantizado el derecho a la propiedad privada?

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Javier Tamayo Jaramillo

Exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia y tratadista

tamajillo@hotmail.com, www.tamayoasociados.com

 

El Gobierno ha insistido en que el derecho a la propiedad privada está garantizado, y que sobre este punto hubo perfecto acuerdo en La Habana. La afirmación sería creíble, si el método interpretativo de la Corte Constitucional respetara el texto constitucional y no lo cambiara por otro completamente distinto que consagre la solución contraria. Y ello es posible, pues ya la Corte ha desconocido textos constitucionales claros, al vaivén de la ideología de turno.

 

Cito dos ejemplos: en el primero, la Corte suprimió el texto original de la Carta según el cual el pueblo puede proponer un referendo para que el pueblo mismo reforme la Constitución, y en el fondo, se arrogó ella dicha facultad. Y en el que más interesa para este comentario, consistió en que para arrogarse la facultad de volver obligatorio el precedente judicial de la misma Corte, esta, invocando el derecho a la igualdad de todos frente a la ley, suprimió el contenido del artículo 230 de la Carta, según el cual, los jueces solo estarán sometidos al imperio de la ley (en sentido amplio), y la jurisprudencia solo será auxiliar del juez en esa tarea.

 

Este antecedente muestra que bajo el pretexto de la defensa del derecho a la igualdad, la Corte puede desconocer todos los principios de la Constitución y cualquier ley, dado que en la aplicación del principio de proporcionalidad siempre se estará sustrayendo a alguien parte de su derecho a la igualdad. El más preciado de todos los derechos es el de igualdad, pero, por la naturaleza de las cosas, es el que más se recorta legítima e ilegítimamente.

 

Una Corte de orientación socialista podrá, con ese método de interpretación, considerar que el derecho a la igualdad impone acabar con la propiedad privada, que es el derecho que en realidad más atenta contra el derecho de igualdad de todos frente a la riqueza, pero que en un Estado social de derecho está garantizado. Una decisión de esas sería contraria a la Constitución, pero nadie podrá decir nada si ya la Corte ha desconocido, en aras del derecho a la igualdad, varios textos constitucionales. En Nicaragua, por ejemplo, el Tribunal Constitucional, adepto al gobierno, desconoció un texto que prohibía la reelección presidencial, ya que según ese tribunal, la norma atentaba contra el derecho a la igualdad del Presidente actual a ser elegido.

 

Desde luego, la actual Corte jamás llegará a esos extremos. Sin embargo, en medio de los acuerdos conocidos o escondidos, no es imposible que los nuevos vientos políticos permitan al marxismo acceder a la Corte Constitucional. Solo bastaría que el Presidente de la República, que tiene tres cupos en la Corte, envíe al Senado ternas integradas completamente por juristas afines a esta ideología. Eso no puede, pero tampoco tiene que estar en los acuerdos. Si eso llegara a ocurrir, la revolución la haría la Corte, de un plumazo. Pero todo es cuestión de tiempo, pues el neomarxismo cambió el uso de las armas para, en su lugar, ir permeando el Estado social de derecho, hasta ahogarlo con decisiones judiciales o administrativas (ver Lourdes De Soussa, El uso alternativo del derecho). Toda porción de poder atrae hacia sí una porción adicional. El vecindario es una prueba.   

 

Según Lourdes De Souza (ob. cit. p. 21), “Gramsci considera que las estrategias revolucionarias que han de adoptarse en la lucha socialista dependen, en gran parte, de la configuración que tenga una determinada sociedad (…) Si,- la configuración- funciona más sobre la base del consenso, la estrategia es reformista, o sea la utilización de tácticas progresistas y lentas que permitan la conquista de la hegemonía por parte de la sociedad civil”. 

 

(…) “Ahora bien, la estrategia (…) requiere de un elemento operacional que la articule, y éste es representado en el pensamiento gramsciano por los intelectuales”.

 

Para Gramsci, la función de los intelectuales que él denomina orgánicos “consiste, en reforzar la cohesión de las clases subalternas a través de la ocupación y conformación progresiva y lenta de espacios políticos vitales de la estructura político-social, al mismo tiempo que se busca debilitar el poder hegemónico del adversario, aprovechándose de la menor quiebra o falla o, incluso, provocándolas”.

 

Y esa quiebra o falla ya está entre nosotros. Nadie, salvo las Farc, tiene claro para dónde vamos.

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