Shell y el llamado a la acción climática de las empresas y del Estado
Juliana Zuluaga Madrid
LL. M. en Derecho Ambiental y Energético y Ph. D. de la Universidad KU Leuven de Bélgica
En 2021, en un fallo decisivo para el litigio climático, un tribunal neerlandés estableció que Shell tenía la obligación de reducir sus emisiones globales de gases de efecto invernadero (GEI) en un 45 % para el año 2023 respecto a los niveles de 2019, incluyendo las emisiones causadas por los consumidores de sus productos (alcance 3), en línea con los objetivos del Acuerdo de París.
Al resolver la apelación, un tribunal en La Haya recientemente revocó la decisión del tribunal de primera instancia, indicando que Shell no tiene la obligación legal de reducir sus emisiones globales en un 45 % para el 2030. Esta decisión puede ser vista como un retroceso por aquellos que creen que grandes emisores de GEI como las empresas petroleras deben tener obligaciones específicas de reducción de emisiones, pero el asunto de fondo, la responsabilidad de las empresas frente al cambio climático, es una realidad.
El fallo en el caso Shell reafirma que la acción para mitigar el cambio climático compete en gran medida a todas las empresas, especialmente a los “grandes emisores”, así no estén sujetas a metas de reducción específicas. Además, las empresas tienen el deber de proteger los derechos humanos, entre ellos el derecho a la protección contra los efectos del cambio climático. En este sentido, las normas que sustentan la responsabilidad corporativa en cambio climático tienden a expandirse y solidificarse, como ocurre con la reciente entrada en vigor de la Directiva Europea de Debida Diligencia en Sostenibilidad Corporativa.
Respecto de la responsabilidad específica de las empresas petroleras por las emisiones que se generan a partir de la combustión de los hidrocarburos que producen, ya hay precedentes en varios países que consideran que estas emisiones indirectas deben ser consideradas como impactos ambientales relevantes al autorizar las actividades de exploración y explotación, lo cual tiene sentido si se considera el concepto de la Agencia Internacional de Energía sobre la necesidad de detener la exploración y explotación petrolera si se quiere cumplir la meta de mantener el calentamiento global por debajo de 1,5°C.
En caso de que todavía haya empresas que no estén escuchando, la acción por el cambio climático es un deber moral que podría traducirse en metas de reducción obligatorias muy pronto. Empezar a moldear las estrategias de crecimiento de los negocios alrededor de un ideal de emisiones Net Zero es clave para su supervivencia. Actuar de forma temprana, anticipándose a la imposición de obligaciones legales específicas les permitirá a las empresas adoptar mecanismos a su medida, aprovechar mejor sus recursos y oportunidades y avanzar en sus propios tiempos, creando no solamente la capacidad de sobrellevar cambios regulatorios abruptos, sino confianza y bienestar a sus grupos de interés.
Desde el otro lado de la regulación, se advierte que la opción de imponer límites a las emisiones de las empresas en Colombia, incluso de forma indirecta al no permitir actividades altas en emisiones como la explotación de hidrocarburos, debería ser una decisión adoptada al más alto nivel de las políticas públicas y con la mayor rigurosidad, pues las repercusiones para una economía en crecimiento como la nuestra pueden ser enormes y de largo alcance.
Mientras siga habiendo desfinanciación de programas sociales tan cruciales como la reducción de pobreza extrema, la educación pública de calidad y el acceso a la salud, y el Gobierno se vea a gatas para garantizar el acceso a servicios públicos esenciales como el saneamiento, el agua potable y la electricidad, priorizar a toda costa la reducción de emisiones y apurar la transición energética afectando el crecimiento y la estabilidad económica del Estado es altamente cuestionable.
Al igual que con las empresas, el Estado en su acción climática debería adoptar mecanismos a su medida, aprovechando sus recursos y oportunidades particulares de manera que pueda avanzar en sus propios tiempos, cumpliéndole no solo a las generaciones futuras, sino también a las presentes.
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