Entidades territoriales deben facilitar el acceso de los contribuyentes a la normativa tributaria
24 de Junio de 2022
El Ministerio de Hacienda de manera permanente recuerda a los funcionarios de las entidades territoriales el deber de publicar las normas que regulan sus tributos y, así mismo, de facilitar el acceso para su consulta. Este deber de publicidad se origina en diferentes disposiciones legales de obligatorio cumplimiento.
Es así que el ordenamiento jurídico dispone que es deber de todas las entidades públicas poner en conocimiento de sus destinatarios sus actos administrativos, de manera que se procure el conocimiento y cumplimiento por los destinatarios y se les permita, además, la interposición de los correspondientes recursos y acciones cuando lo consideren pertinente.
Adicionalmente, en ejercicio de sus competencias de administración, recaudo y control, les corresponde a las autoridades tributarias de cada entidad territorial adelantar las acciones tendientes a facilitar y asegurar el cumplimiento de las obligaciones formales y sustanciales de los tributos de su competencia, por lo que deben facilitar el oportuno acceso a las normas locales que deban ser tenidas en cuenta por los contribuyentes y demás responsables.
En materia tributaria territorial, se han impulsado disposiciones tendientes a la unificación de criterios y a promover el uso de medios electrónicos que faciliten el cumplimiento de las obligaciones, entre ellas la Ley 1819 del 2016, sobre facturación de tributos territoriales y adopción del formulario único nacional de declaración y pago del impuesto de industria y comercio, o el Decreto 2106 del 2019, que ordena a las entidades territoriales adoptar y publicar en su página web el calendario tributario.
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