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Actualizado hace 8 hours | ISSN: 2805-6396

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Esta es la norma que autoriza la extradición de exfiscal Luis Gustavo Moreno

02 de Enero de 2018

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Tal como se había anunciado, el Gobierno recientemente firmó y publicó en Diario Oficial la norma que autoriza la extradición del exfiscal anticorrupción Luis Gustavo Moreno, para que comparezca a juicio ante las autoridades de EE UU, concretamente, ante la Corte del Distrito Sur de Florida.

 

Lo anterior por los siguientes cargos, a saber:

 

  • Concierto para cometer fraude electrónico.

 

  • Fraude electrónico, ayuda y facilitación de dicho delito.

 

  • Concierto para cometer lavado de dinero.

 

  • Lavado de dinero al transportar, transmitir o transferir fondos desde un lugar en EE UU a otro lugar fuera de este país, con la intención de promover la continuación del soborno a un funcionario público.

 

Se debe precisar que, a finales del pasado noviembre, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia emitió concepto favorable a la extradición de los abogados Luis Gustavo Moreno y de Leonardo Luis Pinilla. (Lea: Reformar la justicia en Colombia: primeras discusiones con las facultades de Derecho)

 

La entrega se dará bajo la condición de que previamente cumpla con los compromisos de colaboración con la justicia y continúe rindiendo las versiones ante las autoridades judiciales u organismos de control que lo requieran en Colombia, para lo cual se otorga un plazo de hasta cuatro meses contados a partir de la fecha de la ejecutoria de la resolución.

 

Según reseñan las investigaciones de la Fiscalía, estos dos abogados, Moreno y Pinilla, conformaron una organización criminal, llamada por la opinión pública como el “cartel de la toga”, integrada, además, por el magistrado Gustavo Malo Fernández y el exmagistrado Francisco Ricaurte.

 

Dicha organización favorecía a congresistas y gobernadores investigados por hechos de corrupción y nexos con grupos al margen de la ley (“parapolítica”). (Lea: Detalles del caso contra el exmagistrado Francisco Ricaurte)

 

El ente acusador agregó que estas personas, al parecer, se reunían periódicamente en sus residencias o en lugares públicos como hoteles, reconocidos restaurantes o incluso fuera del país, con el fin de planear la operación de la organización y, a su vez, la forma para manejar los procesos.

 

Esta realidad ha motivado a que la comunidad jurídica se cuestione sobre posibles soluciones que ataquen efectivamente la corrupción en la administración de justicia y, de esta forma, se reafirme el decoro y la dignidad que se debe tener con la profesión del Derecho.

 

Minjusticia, Resolución 434, Dic. 22/17

 

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