Se adopta el teletrabajo en la Contaduría General de la Nación
04 de Julio de 2023
Aunque los servidores públicos que de manera voluntaria deseen participar en el teletrabajo podrán hacerlo, siempre que sus empleos lo permitan y cuenten con las competencias, el lugar y los recursos adecuados para ejecutarlo, la Contaduría General de la Nación dará prioridad a los servidores que acrediten alguna de las siguientes condiciones o calidades:
i) Madre o padre cabeza de familia.
ii) Mujeres en estado de gestación a la cuales les haga falta tres o menos meses de tiempo para el nacimiento o cuando acrediten embarazo de alto riesgo.
iii) Discapacidad física, síquica o sensorial.
iv) Adulto mayor.
v) Cuidador de hijos, padres o familiares en condición de discapacidad que requieran su presencia.
vi) Movilidad reducida o restricción médica.
vii) Con hijos en la etapa de primera infancia (de 0 a 5 años).
viii) Víctimas de conflicto armado.
x) Víctimas de violencia de género.
xi) Amenazas contra la integridad física o sicológica.
Cabe aclarar que en el caso de los servidores nuevos el tiempo mínimo requerido para solicitar el teletrabajo es de seis meses de antigüedad en la entidad.
Además, se debe tener en cuenta que los servidores públicos que pertenezcan a los niveles profesional, técnico y asistencial se les podrá autorizar el teletrabajo hasta por tres días en la semana. A los funcionarios del nivel directivo o asesor solo les podrá autorizar hasta por dos días.
Lo invitamos a descargar el documento adjunto para ampliar esta información.
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