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Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Civil


Lo último en materia de cuantías para acceder a la casación en el CGP (2:46 p.m.)

02 de Mayo de 2017

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Nota:
55789
La Corte Constitucional admitió una demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 338 del Código General del Proceso (CGP), que establece como condición para acceder a la casación en un conflicto económico que el valor del perjuicio sufrido por el recurrente sea superior a 1.000 salarios mínimos legales. Según los demandantes, la imposición de este mínimo es desmesurada y vulnera el derecho a la igualdad, el acceso a la administración de justicia, la libertad de configuración del legislador y, además, contradice la efectividad y los fines de la casación.  Al respecto,  la Sala constató que la jurisprudencia constitucional ha reconocido, antes y después de la expedición del CGP, que el Congreso es titular de una amplia potestad de configuración en materia procesal y, en particular, para regular los recursos extraordinarios, tal y como ocurre con el de casación. Así las cosas, declaró la exequibilidad de la disposición acusada y concluyó que el establecimiento de tal cuantía, como condición de acceso al recurso de casación, no tiene como efecto privar a las personas en situación de debilidad económica de la protección estatal. El magistrado José Antonio Cepeda salvó el voto al considerar que el incremento de la cuantía para recurrir en casación resulta desproporcionado y se convierte en una limitación importante en el acceso a la administración de justicia (M. P. Alejandro Linares).

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