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Actualizado hace 11 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Civil


¿La infracción a la ley puede invalidar una sentencia recurrida en casación? (1:32 p.m.)

18 de Octubre de 2017

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Nota:
58099
Una de las consecuencias del incumplimiento de los requisitos o formalidades de los negocios jurídicos es la nulidad, la cual, desde su consagración legal básica en los artículos 1740 y siguientes del Código Civil, se clasifica en absoluta y relativa, constitutiva de una de las formas de extinción de las obligaciones, que conlleva a la destrucción del vínculo respectivo, recordó la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia. Así mismo, precisó la alta corporación que la vulneración de la ley sustancial puede atacarse en sede de casación por las vías directa o indirecta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 336 del Código General del Proceso. No obstante, para que tenga vocación de prosperidad el recurso extraordinario y se pueda invalidar la sentencia reprochada se debe demostrar que el error del juzgador llevó a una decisión distinta de la que debió haberse emitido frente al litigio, de modo que no basta demostrar la simple infracción a la ley (interpretación errónea, aplicación indebida o falta de aplicación) si la parte resolutiva del fallo se ajusta a derecho.

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