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Actualizado hace 10 minutes | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Análisis


La Corte de La Haya y la lucha contra la corrupción: análisis de los casos Obiang y Saab

03 de Agosto de 2021

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La Corte de La Haya y la lucha contra la corrupción: análisis de los casos Obiang y Saab (GettyImages)

Juan Carlos Portilla

Profesor de la Maestría en Derecho Internacional

Universidad de la Sabana

 

“Detrás de cada gran fortuna hay un delito”, decía Honoré de Balzac, frase que sirve para retratar las costosas inversiones de finca raíz hechas en París (Francia) por el vicepresidente de Guinea Ecuatorial, Teodorin Obiang. Estas adquisiciones se hicieron célebres a raíz de un fallo proferido por la Corte Internacional de Justicia el 11 de diciembre del 2020, en lo relativo a inmunidades diplomáticas y procedimientos penales dentro del litigio Guinea Ecuatorial versus Francia, hoy conocido como el caso Obiang.

 

Aunque los fallos de la Corte de La Haya no gozan del precedente judicial bajo el derecho internacional, la sentencia en contra de Guinea Ecuatorial es una victoria para la comunidad internacional en su lucha contra la corrupción y el lavado de dinero. Además, el caso Obiang arrojará luces en la lucha contra estos crímenes en América Latina y el Caribe.

 

El fallo también envía sus pésames a aquellos que buscan refugio en el templo sagrado de las inmunidades diplomáticas frente a investigaciones penales. El caso Obiang y el caso del colombiano Álex Saab, quien ha sido designado embajador del gobierno venezolano ante la Unión Africana y que involucra a Venezuela, EE UU, Cabo Verde (isla ubicada en el océano atlántico africano) y Etiopía (ubicado en el Cuerno de África), son ejemplos de gobiernos usando inmunidades diplomáticas para proteger a sus dignatarios de la acción de una justicia cada vez más transnacional. Veamos por qué.

 

El caso Obiang

 

En el 2008, Transparencia Internacional denunció ante un fiscal de París a jefes de Estado africanos y sus familias por corrupción en sus países y por lavar en Francia dineros provenientes de ese crimen. En el 2010, Francia investigó los métodos usados por el vicepresidente Obiang para adquirir un edificio ubicado en la prestigiosa avenida Foch de París, una de las más costosas del mundo.

En junio del 2016, Guinea Ecuatorial solicitó a la Corte de La Haya una medida cautelar para detener los procedimientos penales instaurados en Francia contra Obiang. La petición se fundamentó en la supuesta inmunidad diplomática de Obiang en su calidad de segundo vicepresidente y ministro de defensa de dicho país africano al momento de los hechos.

 

En el 2017, un tribunal francés encontró culpable a Obiang, debido a malversación de fondos públicos de Guinea Ecuatorial por 174 millones de dólares y lavado de dinero. En marzo de ese año, Francia planteó ante la Corte de La Haya excepciones preliminares, atacando su jurisdicción y la admisibilidad de la demanda interpuesta por Guinea Ecuatorial. En junio del 2018, la Corte decidió que carecía de jurisdicción para evitar que Francia sancionara penalmente a Obiang. Francia ganó su primer round en La Haya.

 

Guinea Ecuatorial también le solicitó a la Corte que el edificio de la avenida Foch de París recibiera inmunidad diplomática. El edificio fue adquirido por Obiang con dineros provenientes de la malversación de fondos que el perpetró en su país natal, cuyo 76,8 % de su población vivía en la pobreza en el 2017, según el Banco Mundial. El edificio se convirtió, de la noche a la mañana, en sede diplomática de Guinea Ecuatorial en Francia por acción unilateral de ese gobierno (presidido por el padre de Obiang desde 1979) y en plena investigación de la justicia francesa contra Obiang.

 

¿Cómo pasó?

 

Guinea Ecuatorial argumentó ante la Corte que, debido a los allanamientos hechos por investigadores franceses al edificio de la avenida Foch de París, la Embajada de Guinea Ecuatorial en París había enviado una nota diplomática a la cancillería francesa en la que decía que ellos habían tenido durante varios años a su disposición ese edificio y que lo usaban para las labores de su misión en París.

 

El milagro diplomático buscaba que las autoridades francesas no volvieran a allanarlo, como lo hicieron cuando tal propiedad figuraba en cabeza de Obiang. No obstante, la cancillería francesa, vía notas diplomáticas, objetó la conversión unilateral de ese edificio a sede diplomática. Guinea Ecuatorial también le solicitó a la Corte de La Haya que declarara que Francia con sus actuaciones había violado la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas.

 

Así las cosas, Guinea Ecuatorial y Francia discrepaban sobre si el edificio de la avenida Foch de París formaba parte de la misión diplomática de Guinea Ecuatorial en Francia y, por tanto, si era protegido por inmunidades diplomáticas bajo el artículo 22 de la Convención de Viena.

 

En diciembre 11 del 2020, la Corte dictaminó que Francia objetó de manera oportuna y de una forma no arbitraria ni discriminatoria la designación unilateral que hiciera Guinea Ecuatorial sobre el edificio de la avenida Foch. La Corte concluyó que esa propiedad no adquirió la condición de misión diplomática, a luz de la Convención de Viena y, por lo tanto, no se beneficiaría de inmunidad diplomática bajo tal convención.

 

Del fallo de la Corte se puede inferir que los privilegios de las inmunidades diplomáticas de la Convención de Viena no servirían como defensa procesal frente a investigaciones penales de tipo extraterritorial por corrupción y lavado de activos. ¿Puede el hoy designado embajador Álex Saab evitar su extradición a EE UU apelando a su estatus diplomático?

 

El caso Saab

 

En julio del 2019, el Departamento de Justicia de los Estados Unidos acusó ante una Corte Federal del Distrito Sur de Florida a Álex Saab de lavar 350 millones de dólares en instituciones bancarias del sur de Florida. EE UU considera a Saab como un testaferro del presidente Nicolás Maduro. Saab se encuentra detenido en Cabo Verde desde junio del 2020 y es pedido en extradición por autoridades americanas.

 

Aunque Saab enfrenta su extradición a EE UU, el gobierno venezolano recientemente lo designó como embajador extraordinario y plenipotenciario y representante permanente alterno del gobierno de Venezuela ante la Unión Africana, con sede en Etiopía. Por ello, Baltasar Garzón, abogado de Saab y exjuez español, argumenta que Saab, por su estatus diplomático, “tiene derecho a la inmunidad e inviolabilidad consagradas en la Convención de Viena, la Convención de las Naciones Unidas sobre Misiones Especiales y el derecho internacional consuetudinario”.

 

No obstante, el preámbulo de la Convención de Viena indica que el propósito de las inmunidades diplomáticas otorgadas a funcionarios diplomáticos y tan propias del derecho internacional consuetudinario no busca beneficiar a individuos, sino, por el contrario, tienen como fin asegurar el desempeño eficiente de las funciones de las misiones diplomáticas en calidad de representantes de los Estados.

 

Además, la Corte de La Haya puso el semáforo en rojo a aquellos buscando resguardo en las inmunidades diplomáticas frente a acciones penales relacionadas con la corrupción. Veremos, entonces, si el colombiano Saab termina sus días como embajador venezolano en África o en una cárcel de EE UU. El tiempo nos dará la respuesta.  

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