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Tras contaminación generada por minería, autoridades deberán restablecer el equilibrio ambiental en el Chocó

06 de Abril de 2022

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El Consejo de Estado confirmó la condena de reparación de perjuicios que un tribunal administrativo le impuso a varias entidades para recuperar el equilibrio ambiental en las zonas afectadas por la minería intensiva que se adelanta en el río Las Ánimas, en el Chocó.

La decisión obedece a que pobladores del municipio interpusieron demandas, en ejercicio de la acción de grupo, con el fin de que se les resarcieran los perjuicios. Relataron que el ejercicio de la minería ha provocado la contaminación de la fuente hídrica y ha alterado su curso. Según ellos, no solo ha afectado la actividad piscícola y la navegabilidad, sino que ha afectado cultivos de yuca, plátano y otros productos. Además, dicen, ha dado lugar a la proliferación de enfermedades y a que las zonas donde habitan los demandantes hayan sido identificadas como de alto riesgo. (Lea: Reconocen al río Atrato como sujeto de derechos)

El Consejo de Estado ratificó que no había lugar a reconocer pago individual a los demandantes, por no haber demostrado pertenecer al grupo afectado por los daños que generaron las actividades mineras. Sin embargo, dado que no se cuestionó la ocurrencia de los perjuicios y la responsabilidad de las autoridades condenadas, la corporación judicial dejó en firme la sentencia del tribunal, que le impuso a las entidades el deber de adelantar varias medidas restaurativas, en pro de la recuperación del equilibrio ambiental en las áreas afectadas.

Esta determinación obliga al diseño de un plan de manejo ambiental y los recursos para su financiación, en el que deberán participar varias entidades, en conjunto con las comunidades, y tendrán que diseñar y poner en marcha un plan para descontaminar la fuente hídrica, sus afluentes y las zonas ribereñas. Así mismo, deberá restablecerse el cauce del río, eliminar los bancos formados por la minería y reforestar las zonas afectadas en un plazo de un año, a partir de la notificación de esta sentencia (M. P. Marta Nubia Velásquez Rico).

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