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Consejo de Estado niega medida cautelar que buscaba suspender intervención de Sanitas EPS

04 de Julio de 2024

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Nota:
193871

La Sección Primera del Consejo de Estado negó una solicitud de suspensión provisional de los efectos de la resolución expedida por la Superintendencia Nacional de Salud en la que ordenó la toma de posesión inmediata de bienes, haberes y negocios, así como la intervención forzosa administrativa para administrar de la EPS Sanitas.

Según Supersalud, la decisión del alto tribunal se dio luego de un primer análisis a una petición elevada por el partido Cambio Radical, con la cual se pretendía declarar la suspensión de la resolución que ordenó la intervención a comienzos de abril.

Dentro de las consideraciones, el Consejo de Estado aseveró que la decisión de la superintendencia se fundamentó no solo en “normas de carácter reglamentario, sino también en disposiciones constitucionales y leyes que, en criterio de la demandada, eran aplicables a la toma de posesión”. (Lea:Estas son las irregularidades que encontró la Supersalud en tres EPS intervenidas)

Es de resaltar que uno de los principales argumentos para la solicitud de la medida cautelar de suspensión era que no existía el respectivo expediente administrativo, como en su momento lo sostuvo la misma Procuraduría General de la Nación luego de una visita realizada a la entidad. Al respecto, el alto tribunal expuso dentro de sus consideraciones que la Supersalud sí aportó antecedentes administrativos del acto acusado, dentro de los cuales se encuentra el concepto técnico con fecha 1° de abril del 2024, que le sirvió de sustento, lo que soportó debidamente la decisión.

Luego de analizar el marco jurídico para establecer si la decisión pudo haber vulnerado alguna norma, la Sala se mantuvo en que la Supersalud, dadas sus funciones de inspección, vigilancia y control, tiene la función para la toma de esas medidas.

Con esta ya son dos acciones que se caen en los estrados judiciales y que pretendían tumbar la intervención. Cabe recordar que a comienzos del mes de junio el Tribunal Superior de Bogotá declaró improcedente una tutela interpuesta por la Clínica Colsanitas, Medisanitas y Keralty, entre otros.

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