Texto del fallo que negó la acción popular interpuesta contra el proceso de adjudicación del tercer canal que se adelanta con un solo proponente (2:33 p.m.)
22 de Junio de 2011
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Nota:
74087
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó la acción popular interpuesta contra el proceso licitatorio que adelanta la Comisión Nacional de Televisión (Cntv) y que busca la adjudicación del tercer canal con un solo proponente. Según el actor, la adjudicación en esos términos afecta los derechos colectivos a la moralidad pública y a la defensa del patrimonio público, además de constituir una amenaza al patrimonio público. El tribunal expuso una línea jurisprudencial del Consejo de Estado al respecto y se apartó de las decisiones recientes que niegan la posibilidad de adjudicar con un solo oferente, toda vez que, a su juicio, la exigencia de la Ley 1342 del 2009 consistió en que al inicio del proceso licitatorio se verifique si hay pluralidad de interesados, mas no obliga a que detener o declarar desierto el proceso licitatorio cuando no hayan varias propuestas (M.P. Nelly Yolanda Villamizar de Peñaranda).
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