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Nación debe responder por daño a la honra, buen nombre y buena imagen de Gloria Gaitán

05 de Noviembre de 2021

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Nación debe responder por daño a la honra, buen nombre y buena imagen de Gloria Gaitán (Alcaldía)

La Sección Tercera del Consejo de Estado condenó a la Universidad Nacional de Colombia y al Ministerio de Educación por daño a la honra, buen nombre y buena imagen de Gloria Gaitán, hija del líder político Jorge Eliécer Gaitán, debido a los señalamientos hechos por supuestos malos manejos como directora del Instituto Colombiano para la Participación (Colparticipar), organismo administrador de la Casa Museo Jorge Eliécer Gaitán.

De acuerdo con el fallo, que también ordena reparar a las dos hijas de la exfuncionaria, en el momento en el que se produjeron las sindicaciones no había ninguna autoridad que hubiere probado tales irregularidades. Además, a pesar de que las investigaciones se iniciaron por cuenta de las acusaciones, las mismas fueron archivadas a favor de la víctima.

Así mismo, aclaró el alto tribunal, contrario a lo señalado por las autoridades responsables del daño, los problemas en la administración del bien no fueron responsabilidad de la demandante, sino de la Nación, por la falta de voluntad política para obtener los recursos necesarios.

La demanda

La familia del desaparecido líder político presentó una demanda, en ejercicio del medio de control de reparación directa, a través de la cual buscaba obtener un resarcimiento económico por el daño que, a su juicio, les ocasionaron al haberlos privado de la tenencia y uso de la casa museo. Según las accionantes, se les produjo un perjuicio que debería dar lugar a una indemnización de más de $ 2.400 millones.

El escrito señala que la entrega del inmueble en el que funciona el museo y que fuera el lugar de habitación del político y de su hija se produjo a raíz de la liquidación de Colparticipar, que estaba bajo la dirección de la demandante, quien, a su vez, indicó que su salida de la entidad dio paso a una campaña para destruir su imagen y la de sus hijas, mediante 48 acciones penales, fiscales y disciplinarias en su contra, de las cuales tuvo que defenderse y fue absuelta.

 

 

En todo caso, a pesar de la expropiación irregular del inmueble, la registradora principal de instrumentos públicos incluyó una anotación señalando que la vivienda fue adquirida por Jorge Eliécer Gaitán en compraventa celebrada el 20 de diciembre de 1933, gracias a lo cual la demandante obtuvo el título de propiedad del bien por medio de un proceso sucesoral adelantado en el 2007 y, pese a ello, aseguró continuar estando privada de su posesión y tenencia.

Decisión

Al alto tribunal ordenó a las entidades demandadas que, con el consentimiento de la hija del caudillo y el de sus nietas, gestionen la publicación del resumen del fallo condenatorio en un diario de amplia circulación. Así mismo, deberán pagarles más de $ 105 millones y permitirles el ingreso a la casa, que les fue vedado cuando Gloria Gaitán fue remplazada en la dirección de Colparticipar.

Adicionalmente, la Universidad Nacional fue conminada a que los empleados y contratistas encargados de la custodia de la casa museo no expongan a la demandante como autora de conductas delictivas o irregularidades relacionadas con la administración de los bienes y recursos involucrados con el caso (M. P. Alberto Montaña Plata).

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