ATENCIÓN: Consejo de Estado revisará sanciones impuestas por la Procuraduría a funcionarios elegidos popularmente
03 de Diciembre de 2024
En reciente rueda de prensa, el Consejo de Estado informó acerca de la decisión que tomó respecto a la revisión de las sanciones impuestas por la Procuraduría General de la Nación (PGN) frente a decisiones de destitución, suspensión e inhabilidad de funcionarios elegidos popularmente, en los términos de la Ley 2094 del 2021.
En mayo del 2023, un consejero de Estado decidió inaplicar la ley mencionada en lo referente al recurso extraordinario de revisión frente a las sanciones impuestas por el ente de control y, por lo tanto, no avocar conocimiento de una sanción específica. Ante la posibilidad de enfrentar situaciones divergentes y en aras de seguridad jurídica, en agosto del 2023 se asumió el caso con el fin de unificar jurisprudencia sobre la procedencia y trámite del recurso en estos casos.
Así las cosas, el alto tribunal informó que acoge el pronunciamiento de la Corte Constitucional, en Sentencia C-030 del 2023, en la que se señaló el alcance del recurso extraordinario de revisión y, en ese sentido, la Sala Plena fija la competencia en cabeza del Consejo de Estado para tramitar y resolver el recurso en el caso de elegidos popularmente.
La corporación aclaró que las reglas de unificación fijadas esencialmente son de trámite, sobre cómo asumir el conocimiento, tienen carácter transitorio, lo que pretenden es darle eficacia y aplicabilidad a la disposición en cuestión, pero se insiste que corresponde al Congreso de la República expedir el estatuto legal que defina el principio de reserva judicial.
Se llamó la atención en que el control que va a hacer el Consejo de Estado sobre las sanciones de la PGN va a cobijar además de los elegidos popularmente a aquellas sanciones que se impongan a elegidos popularmente pero que ya dejaron su cargo, es decir, después del periodo constitucional correspondiente.
Adicionalmente, precisó, se garantiza el principio de doble conformidad, de manera que las personas que tienen este régimen especial van a tener la posibilidad de que se revise la decisión que se tome en primera instancia. Así las cosas, se definió de manera unificada que el Consejo de Estado sí revisa las sanciones impuestas por la PGN en los casos de funcionarios elegidos popularmente.
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