12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 4 minutes | ISSN: 2805-6396

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En los lugares donde no existe presencia física de la Fiscalía se crearán puntos de contacto

27 de Septiembre de 2021

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En los municipios que se seleccionen se crearán los puntos de atención de la Fiscalía General de la Nación (PAF) como un modelo de gestión y atención a la ciudadanía, en respuesta a la necesidad de ampliar los mecanismos de contacto en los lugares donde no existe presencia física del ente investigador, a partir de estrategias innovadoras que permitan llegar de una manera eficiente a las distintas regiones del país.

 

Para la selección de los municipios en los que se crearán los PAF, la Dirección de atención al usuario, intervención temprana y asignaciones realizará un análisis con el objeto de identificar cuáles son aquellos en los que se encuentra la necesidad de implementar estos modelos de atención, teniendo en cuenta, además de la falta de presencia física de la entidad, los siguientes criterios orientadores:

 

1. Municipios con altos índices de criminalidad, teniendo en cuenta el censo delictivo.

2. Municipios en los que se logren acuerdos con alcaldías, gobernaciones o cooperación internacional.

 

Los puntos tendrán como objetivo la recepción de denuncias y la orientación a la ciudadanía relacionada con las actividades propias de la Fiscalía y dependerán de la Dirección de Atención al Usuario, Intervención Temprana y Asignaciones y estarán sujetos al manual de atención al usuario vigente y demás lineamientos que se impartan dentro del proceso de gestión de denuncias y análisis de información.

 

Igualmente, esta estrategia estará sujeta a convenios que se realicen con las alcaldías, gobernaciones o cooperantes internacionales para que dispongan de un gestor de cada PAF.

 

Los puntos estarán conformados de la siguiente manera:

 

  1. Personal: gestor provisto por la gobernación, alcaldía o cooperante internacional, capacitado en la misionalidad de la entidad.
  2. Infraestructura: puesto de trabajo ubicado en la sede de cada gobernación o alcaldía que cuente con un espacio dotado de un computador, accesibilidad a los servicios de red y todos los aplicativos misionales necesarios para el desarrollo de sus funciones.

 

Tendrán como funciones:

  1. Recibir y registrar las denuncias o querellas en el sistema de información dispuesto para tal fin.
  2. Brindar orientación relacionada con las actividades propias de la Fiscalía General.
  3. Recibir y redireccionar las peticiones, quejas, reclamos o sugerencias dirigidas al ente investigador.
  4. Las demás que le sean asignadas por la Dirección de atención al usuario, intervención temprana y asignaciones.

 

La metodología y demás aspectos operativos de los PAF se desarrollará en la guía que se expida para el efecto, dentro del proceso de gestión de denuncias y análisis de información.

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