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Actualizado hace 20 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Administrativo


Recuerdan características mínimas de avalúos efectuados en procesos de expropiación administrativa (9:43 a.m.)

31 de Julio de 2015

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Nota:
103915
La Sección Primera del Consejo de Estado recordó que los avalúos efectuados en un proceso de expropiación administrativa deben contener unas características mínimas en orden a garantizar el cabal desarrollo de los principios de publicidad, transparencia y contradicción, lo cual ocurre cuando el afectado conoce claramente todos los criterios y estudios de comparación con base en los cuales se fijó el precio de adquisición del inmueble. En efecto, indicó que no basta simplemente con anunciar en el avalúo cuál fue el método empleado en su elaboración o con señalar que en su diseño se dio estricta aplicación a las disposiciones de la Ley 388 de 1997, del Decreto 1420 de 1998 y de la Resolución 762 del mismo año, pues las comparaciones efectuadas deben ser explicadas y dadas a conocer al propietario del inmueble cuyo traspaso forzoso se pretende, quien, además, tiene el derecho de saber cuáles fueron los criterios y parámetros de comparación que se tuvieron en cuenta y cuáles las operaciones que se realizaron para determinar el monto de la respectiva indemnización expropiatoria (C.P. María Claudia Rojas).

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