Novedades en la designación de curadores urbanos (4:47 p.m)
13 de Julio de 2017
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Nota:
56005
El Ministerio de Vivienda modificó parcialmente el Decreto 1077 del 2015, único reglamentario del sector Vivienda, para reglamentar aspectos de la Ley 1796 del 2016. La norma hace referencia a la función pública que desempeñan los curadores urbanos. Entonces, ahora la Superintendencia de Notariado y Registro (SNR) será la entidad encargada de ejercer control, inspección y vigilancia sobre dichas instancias. Además, será la encargada de fijar las directrices para la creación de un concurso de méritos público y abierto para elegir a los curadores. Así las cosas, indica que el alcalde municipal o distrital deberá designar a los curadores según el resultado del concurso que se adelante para la designación de los mismos dentro de su jurisdicción. Este proceso será adelantado por el Departamento la Función Pública con el apoyo de Supernotariado. Igualmente, la norma precisa que corresponderá a la superintendencia establecer los términos de la convocatoria pública al concurso de méritos antes del vencimiento del periodo individual de los curadores urbanos. Es de resaltar que este nuevo decreto también regula lo pertinente al estudio, trámite y expedición de las licencias urbanísticas.
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