Administrativo
Estado no puede inculpar a indígenas por conductas lícitas en su cultura
24 de Abril de 2012
El Consejo de Estado advirtió que inculpar a los integrantes de comunidades indígenas por conductas lícitas en su cultura ancestral hace responsable al Estado, pues esa actuación desconoce la diversidad étnica y cultural de la Nación y constituye un incumplimiento de los compromisos internacionales que prohíben los tratos crueles y la discriminación racial.
La Sección Tercera declaró responsable a la Dirección Ejecutiva Nacional de Administración Judicial y a la Fiscalía General de la Nación por la captura y privación injusta de la libertad de un integrante del pueblo indígena Paez, procesado por recoger hojas de coca.
Para la corporación, el detenido obró con la convicción invencible de que la recolección de hoja de coca era una actividad lícita, pues su consumo o “mambeo” forma parte de las costumbres de su comunidad.
Por ello, concluyó que las circunstancias no solo hacían exigible su absolución, sino que excluían la configuración del hecho de la víctima como causal de exoneración de responsabilidad de la administración.
El alto tribunal ordenó medidas de reparación integral, entre ellas un acto público de desagravio y garantizar las condiciones de recuperación médicas y hospitalarias necesarias, debido a las condiciones indignas en las que fue recluido el procesado.
(Consejo de Estado, Sección Tercera, Sentencia 19001233100019990113401 (21410), Nov. 15/11, C. P. Stella Conto Díaz del Castillo)
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