09 de Septiembre de 2024 /
Actualizado hace 52 minutos | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Tributario


Administradores de patrimonios autónomos deben reportar información al sistema eKOGUI

10 de Julio de 2020

Reproducir
Nota:
116634
Los administradores de patrimonios autónomos de remanentes están obligados a reportar la información referente a la actividad litigiosa del patrimonio en el Sistema Único de Gestión e Información de la Actividad Litigiosa del Estado (eKOGUI), siempre y cuando dichos administradores hubieren asumido la representación judicial del patrimonio autónomo y en el contrato de fiducia o encargo fiduciario no se hubiera eximido de esa obligación. Dentro de dicha información, indicó la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, está la concerniente a la calificación del riesgo en cada uno de los procesos judiciales a su cargo, así como la respectiva provisión contable, que deberán actualizar los apoderados de los procesos en las condiciones señaladas en la ley y la reglamentación correspondiente. Así las cosas, salvo que se haya estipulado lo contrario, les corresponde gestionar la información que comporta la actualización de la información en el mencionado sistema y dentro de la misma la calificación del riesgo para efectos de la provisión contable.     

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)