12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 13 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tecnología


Abren investigación a Avianca por aplicativo que estaría recolectando datos personales de manera ilegítima

15 de Noviembre de 2022

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Sancionan a Claro y a Tigo con multas por más de $ 2.800 millones, por vulnerar derechos de los consumidores (Freepik)

La Superintendencia de Industria y Comercio abrió investigación a la empresa Avianca, propietaria de la aplicación de Android “Avianca”, al evidenciar de manera preliminar que mediante aquella se recolectan datos personales utilizando mecanismos considerados ilegítimos, ya que sin la autorización expresa, previa e informada de los titulares usuarios del aplicativo y sin informar las finalidades específicas no se debería recolectar y tratar esa información.

La entidad determinó que la aplicación en cuestión utiliza tecnologías para perfilar a los ciudadanos, incluyendo geolocalización en tiempo real y activación inadvertida de permisos del dispositivo que le permite a Avianca acceder a la agenda de contactos, cámara, GPS, lectura y escritura de la memoria externa, entre otras características, que son consideradas peligrosas, vulnerando presuntamente los deberes contenidos para los responsables y los derechos de los titulares contenidos en la Ley 1581 del 2012.

La medida se originó en una investigación que tiene como fundamento el informe técnico forense adelantado de oficio por parte de la entidad sobre el aplicativo en su versión 7.0.15 para el sistema operativo Android de Google, en el cual se evaluaron: (i) el portal web (ii) el aplicativo móvil versión Android y (iii) el asistente virtual VIANCA (“Vianca”) de WhatsApp de propiedad de la sociedad comercial.

De llegarse a comprobar la violación al Régimen de Protección de Datos Personales, la empresa investigada podría ser sancionada con multas de hasta 2 mil salarios mínimos legales vigentes y/o la suspensión de las actividades de tratamiento de datos personales o el cierre inmediato y definitivo de la operación que involucre el tratamiento de datos sensibles.

La superintendencia recordó que el dato personal debe entenderse como aquel que por sí solo o con asocio de otros datos permite la identificación e individualización de una persona o varias. Por lo tanto, un tracker, tal como ocurre con las cookies, puede fungir como un mecanismo automatizado de recolección, clasificación, conservación y utilización de datos que permiten individualizar distintos comportamientos e identidad del titular.

Así las cosas, toda tecnología de recolección y tratamiento de datos personales, sin importar su destinación, debe propender a la consecución del objetivo claramente informado al titular a través de cualquier documento y/o medio, solo recolectando los datos mínimos necesarios para la consecución de las finalidades claramente anunciadas, por lo que una recolección y tratamiento de información mediante tecnologías no anunciadas al titular y sin finalidades específicas constituye un riego en el tratamiento de datos y una posible vulneración al Régimen General de Protección de Datos Personales.   

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