Inimputabilidad se determina al evaluar todas las pruebas, no solo el dictamen siquiátrico: Sala Penal
29 de Abril de 2021
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Los jueces no deben considerar el dictamen pericial siquiátrico como una única prueba que soporta la inimputabilidad de un sujeto investigado, toda vez que su función no es sustituir la decisión judicial, a pesar de ser uno de los medios probatorios más importantes dentro del proceso penal. Así lo precisó la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia al trasladar de un establecimiento siquiátrico a un centro penitenciario a un hombre que asesinó a sus dos hijas e intentó matar a su esposa. En tal aspecto, dejó sin vigencia la declaratoria de inimputabilidad reconocida en segunda instancia por un presunto trastorno mental con base en un dictamen, sin valorar debidamente las otras pruebas. La Corporación precisó que la figura de inimputabilidad no es un concepto médico sino jurídico, por lo cual la sola manifestación de un perito no es suficiente para determinar que alguien es inimputable. Entonces, los falladores, según las pruebas incorporadas, deben determinar esa condición y no los especialistas traídos por las partes en el proceso, pues la función de la prueba pericial no es sustituir al juez, ni sus conclusiones pueden ser tomadas como verdades absolutas (M. P. Diego Eugenio Corredor Beltrán).
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