Condiciones para acceder al proceso de atención diferencial y apoyo económico para exintegrantes de grupos armados
21 de Enero de 2021
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Nota:
119248
La Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN) estableció las condiciones, requisitos y restricciones de acceso al proceso de atención diferencial dirigido a los exintegrantes de grupos armados organizados (GAO) que se sometan a la justicia en el marco del Decreto 1069 del 2015, adicionado por el Decreto 965 del 2020. El proceso es el conjunto de beneficios, estrategias, programas y metodologías definidos por la ARN, orientados a promover el fortalecimiento y la adquisición de capacidades de la persona que ingresa a la legalidad, a través de acompañamiento sicosocial, gestión en educación, gestión en salud y orientación para la inclusión productiva. Será beneficiaria la persona que reúna las siguientes condiciones: (i) ser mayor de edad, (ii) estar certificado por el Comité Interinstitucional de Sometimiento Individual a la Legalidad (CISIL) como exintegrante de un GAO y (iii) encontrarse en libertad.
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