Niegan nulidad de elección de Ingrid Sogamoso como representante a la Cámara
11 de Noviembre de 2022
La Sección Quinta del Consejo de Estado negó la declaratoria de nulidad de la elección de Ingrid Marlen Sogamoso como representante a la Cámara de la circunscripción de Boyacá, para el periodo 2022 a 2026, porque no se demostraron los presupuestos necesarios para configurar la modalidad de doble militancia, como tampoco la violación del régimen de inhabilidades por participación en la gestión o celebración de contratos con entidades del Estado.
Se comprobó que la demandada militó en el partido Centro Democrático hasta el 28 de octubre del 2021, fecha en la que reenvió por correo electrónico su renuncia a dicha colectividad. Así, teniendo en cuenta que la renuncia surtió efectos desde su presentación y que la accionada se afilió al partido Conservador Colombiano el 30 de octubre del 2021, en ningún momento perteneció simultáneamente a dos partidos políticos. Se resalta que las inscripciones de candidatos para las elecciones del Congreso del 2022 corrieron del 13 de noviembre al 13 de diciembre del 2021, es decir, para cuando la demandada ya no pertenecía al Centro Democrático, por lo tanto no existe el elemento temporal de la doble militancia.
Por otra parte, se precisó que la jornada electoral que culminó con la elección de la demandada como representante a la Cámara tuvo lugar el 13 de marzo del 2022, por ende, la gestión de negocios o la celebración de contratos con entidades públicas denunciada por la parte demandante debió ocurrir entre el 13 de septiembre del 2021 y el 13 de marzo del 2022 para que de ella pueda derivarse la configuración de la inhabilidad señalada en el artículo 179, ordinal 3, de la Constitución Política, situación que no se acreditó (C. P.: Pedro Pablo Vanegas Gil).
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