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Declaran la caducidad de la acción electoral contra Contralor Distrital de Bogotá, Julián Ruiz

16 de Febrero de 2023

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Nota:
157415

La Sección Quinta del Consejo de Estado confirmó la sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que declaró la prosperidad de la excepción de caducidad de la acción electoral contra la elección de Julián Mauricio Ruiz Rodríguez como Contralor Distrital de Bogotá, D.C., periodo 2022-2025.

Como fundamento de la decisión se tiene que el acto de elección fue proferido en la sesión plenaria del Concejo Distrital de Bogotá el 17 de mayo del 2022, y el acto de elección fue publicado el mismo día en la página web de dicha corporación. Frente a ello, la alta corte aclara que hay una diferenciación entre el acto de elección y la publicación del acta de la sesión a través de la cual se llevó a cabo.

Por lo tanto, en virtud de que la corporación eleccionaria dio difusión del acto mediante la publicación del vínculo de acceso del video que contiene la sesión plenaria cargado en la plataforma YouTube, lo cierto es que es a partir de esa fecha que se debe contar el término de caducidad de la acción, es decir el 17 de mayo de 2022, y el extremo final para presentar la demanda fue el 1º de julio de la misma anualidad.

Por otra parte, una vez revisado el expediente digital obrante en la plataforma SAMAI, se evidencia en el índice 2 que la demanda fue radicada al correo electrónico radesec01tadmcun@cendoj.ramajudicial.gov.co el viernes 1º de julio del 2022 a las 7:41 p.m., no obstante, el horario de atención de los despachos judiciales del Tribunal Administrativo de Cundinamarca es de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 1:00 p.m. y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m.

En consecuencia, el accionante instauró la demanda fuera del término previsto por el artículo 164, numeral 2º, literal a) del CPACA, toda vez que la hora en que la allegó se encontraba fuera del horario previsto para la atención en los despachos judiciales del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, lo cual llevó a que la radicación de esta se tuviera el día hábil siguiente, es decir el lunes 5 de julio de 2022, configurando la extemporaneidad en la presentación de la acción. (M.P: Pedro Pablo Vanegas Gil).

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