Conozca la actualización de los valores del arancel judicial y los gastos ordinarios de procesos
03 de Noviembre de 2023
El Consejo Superior de la Judicatura actualizó los valores del arancel judicial en asuntos civiles y de familia de las jurisdicciones Ordinaria, de lo Contencioso Administrativo, Constitucional y Disciplinaria.
Lo anterior, en cumplimiento del artículo 362 del Código General del Proceso, que señala que cada dos años se debe regular el arancel judicial relacionado con copias, desgloses, certificaciones, autenticaciones, notificaciones y similares.
No obstante, el Consejo Superior determinó que los servicios que impliquen certificaciones electrónicas, notificaciones electrónicas, copias simples y auténticas por enlace, en razón a las acciones que implican, no tendrán costo.
Los valores del arancel judicial quedaron así:
El pago del arancel judicial deberá realizarse en la cuenta corriente número 3-0820-000755-4 del convenio 14975 del Banco Agrario, o través del botón PSE de la misma entidad bancaria, los cuales corresponde a los convenios que ha definido la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial.
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