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Actualizado hace 13 hours | ISSN: 2805-6396

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Comisiones de regulación deben contar con personal técnico con conocimiento y experiencia cualificada

29 de Marzo de 2023

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Nota:
159586

Las comisiones de regulación, por ser organismos altamente especializados en cada sector, deben contar con personal técnico con suficiente conocimiento y experiencia cualificada, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 143 de 1994, con el fin de asegurar la libre competencia y la adecuada prestación de los servicios públicos.

En el caso bajo estudio, Andrés Barreto González no acreditó la experiencia técnica requerida en el sector energético para ocupar el cargo de experto comisionado, toda vez que tanto su formación académica como su experiencia están relacionadas con el derecho internacional y las relaciones internacionales.

Por lo tanto, se declaró la nulidad del acto de nombramiento como experto comisionado de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), por incurrir en la causal de nulidad electoral prevista en el numeral 5 del artículo 275 de la Ley 1437 del 2011, en consideración a que el demandado no acreditó el cumplimiento de los requisitos establecidos en el literal c), parágrafo 1º, del artículo 21 de la Ley 143 de 1994, modificado por el artículo 44 de la Ley 2099 del 2021 para ocupar el empleo, toda vez que el presupuesto de haberse desempeñado como consultor o asesor por un periodo igual o superior a seis años no atendió el criterio de la especificidad de que las funciones se hubieran desplegado en el sector energético (C. P.: Carlos Enrique Moreno Rubio).

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