19 de Agosto de 2024 /
Actualizado hace 2 días | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


Aparte de norma que adopta reglas de procedimiento para la JEP podría ser inconstitucional (2:22 p.m.)

31 de Mayo de 2019

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Nota:
111576
La Corporación Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, el Comité de Solidaridad de Presos Políticos, el Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado y otros ciudadanos presentaron una demanda de inconstitucionalidad en contra de la expresión “podrán” del parágrafo del artículo 27 de la Ley 1922 del 2018, que adoptó unas reglas de procedimiento para la jurisdicción especial para la paz (JEP). Según los accionantes, la facultad discrecional otorgada es contraria al enfoque de justicia restaurativa consagrado en el Acto Legislativo 01 del 2017 frente a los procesos adelantados por la JEP. Igualmente, dicen, se vulnera el derecho a la participación efectiva de las víctimas como forma de garantizar los derechos a la verdad, justicia, reparación y no repetición. En el documento adjunto encontrará estos y otros argumentos (demandantes: Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo y otros).

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