Supersalud emite circular para garantizar acceso integral a la IVE
La actualización de la circular ahora reconoce los nuevos fallos de la Corte Constitucional, incluyendo la despenalización del aborto hasta la semana 24.
16 de Agosto de 2024
La Superintendencia Nacional de Salud emitió una nueva circular externa con el objetivo de garantizar el acceso, la calidad y la integralidad de la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) en Colombia. La actualización de la normativa responde a los recientes fallos de la Corte Constitucional, incluyendo la histórica despenalización del aborto hasta la semana 24, establecida en la sentencia C-055 del 2022.
El superintendente de Salud, Luis Carlos Leal, subrayó la importancia de esta actualización: "Es importante avanzar en circulares como esta, que nos permitan garantizar el derecho fundamental a la salud para todas las personas y acompañar los procesos que generan una transformación social significativa, asegurando que estos derechos sean efectivos". (Lea: EXTRA: Conozca los lineamientos para la atención integral de la IVE).
Según la entidad, la necesidad de esta nueva circular surge a partir de un preocupante análisis de más de 22.000 quejas recibidas entre el 2017 y el 2024, de las cuales el 63 % revelaron restricciones injustificadas en el acceso a los servicios de IVE. La nueva circular busca eliminar las barreras administrativas, la discriminación y la objeción de conciencia inconstitucional, garantizando así un servicio integral en todos los niveles de atención y en todas las regiones del país.
Entre las medidas generales impuestas por la Supersalud se encuentran:
- Garantizar la atención integral y el acceso efectivo a la IVE a niñas, adolescentes, adultas y personas gestantes (incluidos hombres trans y personas no binarias) en casos de embarazos de hasta 24 semanas de manera integral, inmediata, oportuna y de calidad en todos los niveles de complejidad y libre de apremios, coacción, manipulación y/o presión por parte del personal de salud.
- Abstenerse de imponer barreras administrativas de atención, ejercer violencia obstétrica y prácticas discriminatorias que busquen disuadir a las mujeres y personas gestantes de solicitar y acceder a la prestación integral de la IVE.
- Adecuar los servicios de salud para atender las necesidades específicas de las mujeres y personas gestantes con discapacidad.
- Suministrar información oportuna, objetiva, veraz, suficiente, amplia, adecuada y basada en evidencia garantizando el acceso y comprensión de IVE a todas las mujeres y personas gestantes, así como a la población no letrada.
- Brindar información en condiciones de libertad y equidad que permitan el acceso y disponibilidad a un método anticonceptivo que se ajuste a las necesidades y los criterios de elegibilidad. Entendiéndose que acceder a métodos anticonceptivos no es requisito o condicionante para acceder a la IVE.
- Garantizar un enfoque en derechos sexuales y reproductivos a las mujeres y personas gestantes con manifestación de interrumpir el embarazo, de forma respetuosa para evitar discriminación estigmatización, culpabilización o revictimización.
- Brindar plena confidencialidad y mantener la reserva legal sobre la información recibida e historia clínica, garantizando el secreto profesional, el derecho a la intimidad y a la dignidad de las mujeres y personas gestantes, en cualquier edad.
- De ninguna manera se podrá dilatar la realización del procedimiento de IVE, por ser esencial y urgente, siempre se deberá llevar a cabo de forma inmediata. Solo en casos excepcionales y justificados se podrá prever un plazo máximo de hasta cinco días calendario, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 051 del 2023, y dicha manifestación será registrada en la historia clínica.
- Respetar la plena autonomía para decidir sobre la IVE de las mujeres y personas gestantes menores de edad, asegurando que puedan recibir atención en la medida que gozan de plena capacidad para consentir sobre tratamientos e intervenciones en su cuerpo que afecten su desarrollo sexual y reproductivo. No necesitan autorización de su acudiente o representante legal.
“La emisión de esta nueva circular representa un compromiso firme por parte del Estado para asegurar que el servicio de IVE sea ofrecido de manera digna y accesible, contribuyendo a la eliminación de barreras que históricamente han limitado el acceso a este derecho fundamental”, aseguró la entidad. (Lea: Conozca el caso de la EPS que llamó a padre para que aprobara una IVE)
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