14 de Septiembre de 2024 /
Actualizado hace 3 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Civil


Solicitar reintegro de recursos a hogares gestores no es procedente, pues su labor es objeto de seguimiento y verificación (2:53 p.m.)

04 de Septiembre de 2015

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Nota:
103262
El hogar gestor, como modalidad de restablecimiento de derechos consistente en el acompañamiento, asesoría y apoyo económico para el fortalecimiento familiar, dirigido a núcleos familiares que tienen condiciones para el cuidado, afecto y atención de menores y mayores de 18 años con discapacidad que, por situación de extrema pobreza, están en amenaza de vulneración de sus derechos, cuenta con un aporte económico y multiplicidad de actividades para fortalecerlo. El seguimiento de las obligaciones de las familias de hogar gestor, así como de los avances en el proceso de intervención, hace parte del proceso de verificación que realiza el equipo interdisciplinario asignado para ello, el cual se realiza mediante una visita mensual a la familia. Así las cosas, en concepto del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, no es procedente solicitar el reintegro o cobrar los recursos consignados a la familia por no informar sobre el fallecimiento del menor, en el caso particular de análisis, pues este es un aspecto verificable en el seguimiento mensual que se le realiza.

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