05 de Enero de 2025 /
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Decreto regula licencia parental compartida para empleados públicos

31 de Diciembre de 2024

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Padres-bebe-parejas(shutterstock)

El Departamento Administrativo de la Función Pública expidió un decreto para reglamentar las licencias parentales compartidas y flexibles de tiempo parcial aplicables a empleados públicos. Esta normativa complementa la Ley 2114 de 2021, buscando establecer condiciones claras para su implementación en el sector público.

La licencia parental compartida establece que, en el caso de los empleados públicos, los padres podrán dividir las últimas seis semanas de la licencia de maternidad. Este beneficio es independiente del permiso de lactancia y busca ofrecer mayor flexibilidad a los progenitores, permitiéndoles distribuir este tiempo según sus necesidades y de acuerdo con las condiciones que estipula el Código Sustantivo del Trabajo. La solicitud de esta licencia debe ser presentada ante el jefe de talento humano, quien deberá emitir un acto administrativo motivado para su aprobación. (Lea: Flexibilidad horaria para trabajador remoto con labores de cuidado no se limita al factor consanguíneo).

Por otro lado, la licencia parental flexible de tiempo parcial permite que los padres elijan trabajar medio tiempo en lugar de tomar la totalidad de la licencia de maternidad o paternidad. Esta modalidad se basa en un sistema en el cual, al reducir el tiempo de licencia, los empleados incrementan el tiempo de su jornada laboral, de forma proporcional.

Ambas licencias, tanto la parental compartida como la flexible, se aplican bajo los lineamientos establecidos por el parágrafo correspondiente del artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por la Ley 2114 del 2021. Para poder acceder a ellas, los empleados deben presentar la documentación pertinente, que varía según el tipo de licencia solicitada. Esta documentación se remite también al jefe de talento humano, quien debe aprobar el permiso mediante una resolución formal.

El decreto también señala que, en el caso de las familias adoptivas, especialmente aquellas de parejas del mismo sexo, corresponde a los adoptantes decidir de manera conjunta quién de ellos gozará de los beneficios de la licencia. Esta disposición busca garantizar la equidad entre las distintas estructuras familiares y asegurar que todos los padres adoptivos puedan acceder a los mismos derechos.

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