02 de Septiembre de 2024 /
Actualizado hace 5 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Civil


No se pueden excluir menores con discapacidad del programa Hogar Gestor del ICBF si persiste vulnerabilidad (11:35 a.m.)

29 de Octubre de 2018

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La Corte Constitucional resolvió una acción de tutela interpuesta en representación de unos menores con discapacidad (síndrome de Down), sujetos de especial protección constitucional, a quienes el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) excluyó de un programa especial de protección y apoyo. La corporación indicó que la terminación de la medida de restablecimiento de derechos adoptada sobre los menores generó un daño inminente, toda vez que se dio sin que existiera certeza sobre el mejoramiento de sus condiciones de vida, lo cual implicó un alto riesgo de afectación de sus derechos fundamentales. Además, la decisión de desvinculación de los menores del programa debe estar precedida de un concepto técnico que corrobore el cumplimiento de los objetivos del programa, es decir, que las condiciones que dieron lugar a su vinculación no persistan al momento del egreso. Así las cosas, la Sala Octava decidió ordenar el reintegro de los menores al programa Hogar Gestor para la población con discapacidad, el cual deberá mantenerse hasta tanto sea necesario y se superen las condiciones que dieron lugar al ingreso. Consulte en la providencia adjunta un completo desarrollo jurisprudencial sobre los deberes del ICBF en la atención de menores (M. P. José Fernando Reyes).

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