05 de Septiembre de 2024 /
Actualizado hace 6 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Civil


Sucesión ilíquida debe estar representada para que proceda la reunión universal de asamblea (8:29 a.m.)

18 de Enero de 2018

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Nota:
59105
La reunión universal es aquella en la cual están reunidos todos los asociados, sus representantes o apoderados, con la intención de deliberar y decidir, por lo que puede hacerse caso omiso de la convocatoria y, aunque se realice en un lugar diferente al domicilio social, se le reconocen plenos efectos jurídicos, pues lo importante es que se cuente con la presencia de la totalidad de los asociados que integran el capital. En esa medida, indicó la Superintendencia de Sociedades, si después de instalada la sesión se desintegra el quórum por una u otra razón, la reunión pierde todo efecto y las decisiones serán ineficaces. Así las cosas, ante el fallecimiento de uno de los accionistas, las acciones a su nombre pasan a integrar la sucesión ilíquida y, en estas circunstancias, para que proceda la realización de la reunión universal de la asamblea, es necesario que aquella esté debidamente representada en la sesión.

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