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Actualizado hace 54 minutos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Civil


Avances tecnológicos permiten a las personas en situación de discapacidad otorgar testamentos abiertos y cerrados sin restricción

18 de Agosto de 2023

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Los avances tecnológicos y las modificaciones legales que reconocen la capacidad jurídica plena de las personas en situación de discapacidad les permiten otorgar testamentos abiertos y cerrados, sin ninguna restricción y solo empleando para ello los ajustes y apoyos que requieran para la comunicación y la toma de decisiones.

 

La Corte Constitucional declaró la exequibilidad condicionada de inciso primero del artículo 1081 y de las expresiones “en alta voz” y “oirán” contenidas en el artículo 1074 del Código Civil, por vulnerar el derecho a la igualdad de las personas en situación de discapacidad y desconocer la obligación del Estado de garantizar el ejercicio de su capacidad jurídica.

Las restricciones legales cuestionadas limitan el ejercicio de la capacidad jurídica y, por lo tanto, entrañan un trato discriminatorio y carente de justificación que se sustenta exclusivamente en la situación de discapacidad del testador. Las dos disposiciones guardan relación, porque la restricción consignada en el inciso primero del artículo 1081 se explica, en parte, en las formalidades que exige el artículo 1074 para escuchar la lectura del testamento abierto y, por lo tanto, para la validez del otorgamiento, afirmó el alto tribunal.

En la actualidad, señaló la sala, la formalidad de escuchar la lectura “en alta voz” que el notario debe hacer del testamento abierto, en el caso de un testador con una discapacidad que le impida escuchar o entender esa lectura, sin ningún ajuste o apoyo, constituye para él una exigencia de imposible cumplimiento.

En la práctica, advirtió, dicha exigencia también opera como una restricción al ejercicio de su capacidad jurídica y, por lo tanto, desconoce su derecho a la igualdad. Los magistrados Natalia Ángel Cabo, Diana Fajardo Rivera y Juan Carlos Cortés González se reservaron la posibilidad de aclarar sus votos (M. P. Cristina Pardo Schlesinger).

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