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EICE deberán esperar hasta la segunda vuelta presidencial para modificar su nómina, en vigencia de la Ley de Garantías

24 de Noviembre de 2021

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Empleadores: Conozcan los beneficios tributarios por contratar a población vulnerable (Freepik)

El Departamento Administrativo de la Función Pública resolvió una consulta relacionada con la posibilidad que tiene una empresa industrial y comercial de Estado (EICE) de publicar nuevas convocatorias para la vinculación de trabajadores oficiales, una vez entre en vigencia la Ley de Garantías. Así mismo, si se pueden finalizar las convocatorias que están en curso.

En este sentido, la entidad recordó que una vez entre en vigencia la Ley de Garantías la empresa no puede publicar convocatorias para la provisión de empleos nuevos y deberá esperar hasta la realización de la segunda vuelta presidencial para adelantar los trámites correspondientes a la modificación de su nómina. (Lea: ¿Cuáles son las restricciones en materia de contratación estatal en aplicación de la Ley de Garantías?)

En cuanto a la finalización de las convocatorias que están en curso, indicó que, en aplicación de la Ley de Garantías, no es posible vincular o desvincular a los servidores públicos, salvo que se trate de algunas de las excepciones señaladas por el Consejo de Estado para los organismos y entidades nacionales y territoriales de la Rama Ejecutiva con funciones de defensa y seguridad del Estado, actividades sanitarias y hospitalarias, de educación, infraestructura vial, energética o de comunicaciones.

En concordancia con lo anterior, no es procedente la firma de nuevos contratos en vigencia de la Ley de Garantías, a menos que se trate de solventar situaciones como renuncias, licencias o muerte del titular de un empleo cuya provisión sea indispensable para el cabal funcionamiento de la administración pública.

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