Declaran nulo el nombramiento del Ministro del Interior, por infringir Ley de Cuotas
30 de Junio de 2022
La Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró la nulidad del decreto con el que el Presidente de la República nombró a Daniel Palacios Martínez como Ministro del Interior.
De acuerdo con el tribunal, con el decreto se disminuyó la participación de las mujeres en los ministerios, dado que con los cinco cargos ocupados, a la fecha de su expedición, representaban menos del 30 %, incumpliendo con los mínimos exigidos en el artículo 4° de la Ley 581 del 2000, pues al haber nombrado a un hombre mediante el acto acusado se contaba con menos del 30 % de participación de la mujer en el gabinete ministerial.
Se indica que ante la falta de un criterio unificado que señale la determinación del 30 % al que alude la ley, el resultado matemático del 30 % de los 18 ministerios, que es 5.4, deberá ser aproximado al número entero siguiente, es decir, al número seis, pues la norma aplica en favor del grupo históricamente discriminado y no en contra de este.
Finalmente, se declaró que en el presente asunto no se configura la cosa juzgada, puesto que si bien el auto interlocutorio del 22 de julio del 2021 dio por terminado el proceso 11001032800020210000700, lo cierto es que la censura en cuestión, esto es, si con el nombramiento demandado se violaron los mandatos de igualdad de la Ley 581 del 2000, no se analizó de fondo en dicho expediente, por lo que tal providencia ni tiene fuerza de sentencia, ni hace tránsito a cosa juzgada (M. P.: Óscar Armando Dimaté Cárdenas).
Opina, Comenta