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Actualmente coexisten los comisarios de familia con periodo institucional y los de carrera administrativa

05 de Septiembre de 2022

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De acuerdo con lo previsto en el artículo 11 de la Ley 2126 del 2021, sobre naturaleza de los empleos, selección y vinculación del personal de las comisarías de familia, el empleo de comisario de familia será de nivel directivo y tendrá un periodo institucional de cuatro años, que comenzará a contarse desde el 1° de enero del segundo año del periodo de gobierno municipal o distrital.

Dentro de dicho periodo, indicó el Departamento Administrativo de la Función Pública, solo podrán ser retirados del cargo los comisarios de familia por las causales de retiro del servicio establecidas en el artículo 41 de la Ley 909 del 2004 o las normas que la modifiquen o adicionen.

El parágrafo 3 del mencionado artículo 11 establece que los comisarios de familia que acrediten derechos de carrera administrativa los conservarán mientras permanezcan en el cargo, de conformidad con el artículo 6 de la Ley 909 del 2004, sobre cambio de naturaleza de los empleos. Así mismo, precisó la entidad, conservarán los beneficios que el cargo de carrera les otorga, en la medida en que se regirán por las reglas que se establecieron al momento de su vinculación.

Por lo tanto, con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 2126 del 2021, coexisten los comisarios de familia con periodo institucional de cuatro años y los comisarios de familia de carrera administrativa que conservarán las calidades de ese tipo de cargo mientras se desempeñen en él.  

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