07 de Noviembre de 2024 /
Actualizado hace 12 horas | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Tributario


¿Cuándo no se pueden deducir de renta pagos efectuados por becas de estudio?

04 de Enero de 2021

Reproducir
Nota:
49695
Imagen
educacion-estudiantes-universitariosbig.jpg

Para efectos fiscales, cuando el empleador pacte alguna cláusula de permanencia o reintegro de valores por parte del trabajador, no podrá deducir del impuesto de renta y complementarios los pagos efectuados por concepto de programas para becas de estudio totales o parciales y de créditos condonables realizados a favor de aquel o de los miembros de su núcleo familiar, en los términos del literal (a) del artículo 107-2 del Estatuto Tributario.

 

De otra parte, indicó la Dian, cuando el artículo 1.2.1.18.81 del Decreto 1625 del 2016 establece como condición para la procedencia de la deducción por contribución a educación de los empleados que el programa de becas permita el acceso a todos los empleados o sus miembros del núcleo familiar en igualdad de condiciones, se refiere a que el mismo debe ser reconocido por parte de la persona jurídica en igualdad de oportunidades, por lo que cualquier trabajador o sus miembros del núcleo familiar pueden acceder a él, sin exclusión por cargo o por alguna condición especial.

 

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Concepto 1359 (906506), Oct. 27/20.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)