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Actualizado hace 9 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Penal


Persona que abandone a mayor de 60 años iría a prisión hasta por ocho años (10:20 a.m.)

24 de Noviembre de 2016

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Nota:
125428
La Comisión Primera del Senado estudiará, en penúltimo debate, el proyecto de ley que adicionaría y modificaría las leyes 1251 del 2008, 1315 del 2009 y 599 del 2000 (Código Penal). La iniciativa contempla tres tipos penales diferentes que tienen que ver con la violencia, abandono y libertad física de los adultos mayores. Así, hablando de quien maltrate física o sicológicamente a cualquier miembro de su núcleo familiar, incurrirá en prisión de 4 a 8 años; hasta ahí ninguna novedad, sin embargo, esta pena se aumentará de la mitad a las tres cuartas partes cuando la conducta recaiga sobre un menor, una mujer o una persona mayor de 60 años. En segundo lugar, se contempla el delito de maltrato mediante restricción a la libertad física, entendido como la restricción de la libertad de locomoción a otra persona mayor de edad perteneciente a su grupo familiar o puesta bajo su cuidado, o en menor de edad sobre el cual no se ejerza patria potestad, quien cometa esta conducta podrá enfrentarse a prisión entre 16 a 36 meses. Lo anterior quiere decir que no solo los integrantes del grupo familiar se someterán a esta sanción, sino quien se encuentre en calidad de cuidador del adulto mayor. Por último, quien someta a condición de abandono y descuido a persona mayor, con 60 años de edad o más, genere afectación en sus necesidades de higiene, vestuario, alimentación y salud incurrirá en prisión de 4 a 8 años y en multa de 1 a 5 salarios mínimos legales mensuales. Si el abandono se produce por parte de la institución a la que corresponde el cuidado del adulto mayor, por haberlo asumido, esta conducta será causal de la cancelación de los permisos o conceptos favorables de funcionamiento y multa de 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes. La iniciativa ya cuenta con ponencia positiva para esta etapa legislativa.

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