07 de Septiembre de 2024 /
Actualizado hace 17 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Mercantil


Sentencia Superindustria y ComercioSuperindustria recuerda que no se debe exigir factura para efectuar la garantía de un producto

23 de Septiembre de 2020

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Nota:
117503
La Superintendencia de Industria y Comercio resolvió una demanda en la que, a título de efectividad de la garantía, se solicitaba la devolución del precio pagado por un enterizo que a pocos días de uso presentó fallas en la tela. Según la demandante, se dirigió ante la pasiva con el fin de solicitar el cambio de la prenda. Sin embargo, fueron negadas sus pretensiones por no presentar la factura de venta, circunstancia frente a la cual la parte activa comentó lo ocurrido en redes sociales. Para la superintendencia, resulta reprochable que, con el fin de efectuar la garantía del producto, se exija a la consumidora la exhibición de la factura, cuando es deber de la empresa contar con un registro de las ventas que realiza. Así mismo, agregó, es bien sabido, según las reglas de la sana crítica y la experiencia, que al realizar una compra el almacén solicita el número de identificación del adquiriente con el fin de realizar el registro y la expedición de la factura de venta.

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