Sancionan a Claro y a Tigo con multas por más de $ 2.800 millones, por vulnerar derechos de los consumidores
24 de Mayo de 2022
La Superintendencia de Industria y Comercio impuso multas a los operadores de telefonía Claro y Tigo por $ 2.877.000.000, al considerar que vulneraron el régimen de protección al consumidor. Claro fue sancionada con multa por $ 1.534.000.000, al probarse que emitió publicidad engañosa dentro de las campañas “¿Miedo? ni que mis redes gastaran datos” y “Elijo disfrutar sin límites lo que me gusta”.
En esta última, inclusive, se evidenciaron cláusulas abusivas que limitaban la responsabilidad del operador y la atribuían a las aplicaciones por el consumo de datos del plan del usuario. Según la entidad, el operador no cumplía con la información objetiva señalada dentro de las piezas publicitarias, pues aunque indicó que el uso de las aplicaciones Facebook, WhatsApp, Instagram y Twitter no generaba consumo de datos, por el contrario, el uso de algunas funcionalidades de las mismas, tales como iniciar sesión, hacer llamadas o videollamadas y transmitir en vivo sí lo generaba.
De esta forma, se pudo establecer que para justificar la imposibilidad de cumplir con lo prometido mediante la oferta publicitaria analizada se valió de cláusulas que lo exoneraban de responsabilidad y trasladaban dicha carga a la aplicación.
Titularidad de líneas
Por su parte, la superintendencia sancionó a la Tigo con una multa de $ 1.343.000.000, por llevar a cabo prácticas que desconocen el derecho de los usuarios de mantener la titularidad de sus líneas móviles. Al parece el operador habría reutilizado y/o reciclado líneas móviles de usuarios sin el lleno de los requisitos regulatorios vigentes, además de modificar unilateralmente los contratos de prestación de servicios y desatender los requerimientos de información efectuados en el marco de las averiguaciones preliminares que se adelantaban por dichas infracciones.
De acuerdo con las pruebas recaudadas, se pudo establecer que dicho operador habría optado por realizar cambios en la titularidad de las líneas móviles de sus usuarios en modalidad prepago, sin que antes hubiesen pasado dos meses de inactividad del número de la línea móvil, es decir, sin realizar ni recibir llamadas, sin cursar tráfico de datos, sin enviar ni recibir SMS y sin hacer recargas, ni tener saldos vigentes, ni dar previo aviso a los usuarios.
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