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Concilian ley que permitirá indemnizaciones o rembolsos a turistas perjudicados por agencias de viajes o aerolíneas

Se modificará el Estatuto del Consumidor (Ley 1480/11) en su artículo 58.
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11 de Diciembre de 2024

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El uso del llamamiento en garantía en los procesos en los que la Superintendencia de Industria y Comercio es competente en materia de protección al consumidor del sector turístico está cada vez más cerca de convertirse en ley con la publicación del informe de conciliación.

La intención de la futura norma es modificar el Estatuto del Consumidor (Ley 1480/11) en su artículo 58 para permitir el uso del llamamiento en garantía entre agencias de viajes y aerolíneas con el propósito de que los consumidores puedan reclamar indemnizaciones o rembolsos por perjuicios sufridos durante su experiencia de viaje. (Lea: Habilitan llamamiento en garantía para relaciones de consumo del sector turismo)

El llamado en garantía podrá contestar en la demanda y el llamamiento en un solo escrito, solicitando las pruebas que pretenda hacer valer y en la sentencia la superintendencia resolverá si habrá indemnizaciones o restituciones.

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