Tope de usura que regirá en septiembre del 2021 para créditos de consumo
30 de Agosto de 2021
![superintendencia-financiera-superfinancierasuperintendencia.jpg](/sites/default/files/styles/imagen_800x400/public/superintendencia-financiera-superfinancierasuperintendencia.jpg.webp?itok=3JjTP9q9)
La Superintendencia Financiera expidió la Resolución 0931, por medio de la cual certifica el interés bancario corriente (IBC) para el siguiente periodo y modalidad de crédito:
- Consumo y Ordinario: entre el 1º y el 30 de septiembre del 2021.
Entonces, se certifica el IBC efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 17,19 %, lo cual representa una disminución de cinco puntos básicos (0.05 %) en relación con la anterior certificación (17,24 %). (Lea: En agosto, tasa de usura sube a 25,86 % para créditos de consumo)
Tasa de usura
Los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1,5 veces el interés bancario corriente, es decir, el 25,79 % efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario. Este resultado representa una disminución de 7 puntos básicos (0.07 %) con respecto al periodo anterior (25,86 %).
Vale la pena recordar que la Superfinanciera certificó el IBC para para las modalidades de microcrédito y consumo de bajo monto, en los siguientes términos:
Modalidad de crédito que aplica |
Interés Bancario Corriente |
Vigencia |
Microcrédito |
38,14 % |
1º de julio al 30 de septiembre del 2021 |
Consumo de bajo monto |
32,42 % |
1º de octubre del 2020 al 30 de septiembre de 2021 |
Opina, Comenta