07 de Septiembre de 2024 /
Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Mercantil


Fijan condiciones para el reconocimiento anticipado de solicitudes de recobro y suscripción de acuerdos de pago parcial con la Adres

02 de Septiembre de 2020

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Nota:
117783

El Gobierno estableció los requisitos, plazos y condiciones para la suscripción de los acuerdos de pago parcial por parte de la Adres con las entidades recobrantes a que se refiere el parágrafo 9 del artículo 237 de la Ley 1955 del 2019, adicionado por el artículo 1 del Decreto Legislativo 800 del 2020, para su posterior reconocimiento y pago como deuda pública por parte de la Nación. La norma enlista y detalla las reglas para la suscripción de los acuerdos. Agrega que, de llegar a presentarse un exceso en el valor girado a la entidad recobrante, dicho valor deberá ser reintegrado en los cinco días hábiles siguientes a la comunicación del resultado de la auditoría. Para los efectos previstos, el procedimiento para el reconocimiento como deuda pública se deberá sujetar a los plazos y condiciones indicados en el decreto.

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