General
Usuarios de vías están obligados a obedecer señales de tránsito informativas
27 de Julio de 2016
![carretera-concesion-obras-transporte-viasmac-1509242122.jpg](/sites/default/files/styles/imagen_800x400/public/node/deflt/field_image/1970-01/carretera-concesion-obras-transporte-viasmac-1509242122.jpg.webp?itok=lPOUHvUa)
Las señales de tránsito informativas son aquellas que tienen por objetivo identificar las vías y guiar a los usuarios, proporcionándoles la información que puedan necesitar para llegar a sus destinos de forma segura, simple y directa.
Estas señales son de obligatorio cumplimiento, lo cual implica que los usuarios de vías terrestres están obligados a obedecerlas, precisó el Ministerio de Transporte.
De acuerdo con su función, las señales informativas se clasifican en:
- Aquellas que indican el camino
- Aquellas que ejercen función de preseñalización
- Aquellas que poseen dirección, confirmación, localización e identificación vial.
- Aquellas que arrojan datos de interés, como servicios generales, interés turístico, referencia de localización y otras señales para autopistas y carreteras.
Algunos ejemplos de su uso son enlaces o empalmes con otras vías; carriles apropiados según destino; distancias a que se encuentran los destinos; hito kilométrico a lo largo de la vía; identificación de rutas y calles y nombres de ciudades, ríos, puentes, calles, parques y lugares históricos.
Mintransporte, Concepto 20161340262331, 14/07/16
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